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La Defensoría De Los Derechos Humanos De Querétaro Emite Recomendaciones Al Municipio De Ezequiel Montes, A La Sspm De El Marqués, Y A La Sspm De Colón Por Violaciones A Los Derechos Humanos

 

 

La Defensoría de los Derechos Humanos de Querétaro (DDHQ) ha emitido recomendaciones dirigidas al Municipio de Ezequiel Montes, a la Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito Municipal (SSPM) de El Marqués, y a la Secretaría de Seguridad Pública de Colón, tras investigaciones que revelaron violaciones a los derechos humanos.

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La primera Recomendación, la (266)7/2024 con el expediente DDH/51/2023, se investigó la detención arbitraria de un quejoso y seis personas más el 24 de febrero de 2023, cuando descendían de la Peña de Bernal, en el municipio de Ezequiel Montes. Las víctimas fueron arrestadas sin explicación por los elementos policiales y sin fundamento legal, y retenidos sin la presencia de un Juez Cívico, además de que no se les garantizaron condiciones básicas de atención durante su arresto, por lo que se acreditaron violaciones al Derecho a la Legalidad y Seguridad Jurídica, al Derecho a la Libertad Personal y Trato Digno.

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Tras analizar las evidencias recabas, esta Defensoría emitió los siguientes puntos recomendatorios:

Inscripción en el Registro Estatal de Víctimas: Solicitar y gestionar la inscripción de las víctimas en el Registro Estatal de Víctimas para que reciban medidas de rehabilitación y reparación.

Capacitación sobre Derechos Humanos: Capacitar a los oficiales sobre el respeto a los derechos humanos y el trato digno a las personas detenidas.

Fortalecimiento Institucional: Garantizar que el Juzgado Cívico cuente con personal capacitado para asegurar el acceso a la justicia. Recomendación a la SSPM de Colón.

En la segunda Recomendación, la (267)8/2024, derivada del expediente DDH/220/2022, surge a partir de la acreditación de violaciones al Derecho a la Vida y la Integridad Personal, y al Derecho a la Seguridad Jurídica, de una persona que falleció después de ser detenido. De acuerdo con las investigaciones realizadas por esta Defensoría ante la queja presentada por sus familiares, los oficiales utilizaron fuerza excesiva, resultando en un traumatismo abdominal que causó su muerte.

Por estos hechos, este organismo protector emitió los siguientes puntos recomendatorios:

Capacitación sobre Uso de la Fuerza: Implementar capacitaciones para todo el personal policial sobre el uso legítimo de la fuerza y el respeto a los derechos humanos.

 

Medidas Administrativas: Iniciar procedimientos para deslindar responsabilidades y sancionar a los agentes involucrados.

Inscripción en el Registro Estatal de Víctimas: Gestionar la inscripción de los familiares de la víctima en el Registro Estatal de Víctimas para asegurarles acceso a medidas de rehabilitación y reparación integral del daño.

Finalmente, la tercera Recomendación, la (268)9/2024, que parte del expediente DDH/288/2023, por la detención arbitraria por parte de elementos de la SSPM de Colón tras un incidente con personal del Banco del Bienestar. Los detenidos fueron privados de su libertad sin motivos legales suficientes, vulnerando su derecho a un proceso legal justo, lo que supone una violación al Derecho a la Legalidad y Seguridad Jurídica, y al Derecho a la Libertad Personal.

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Es por ello que esta Defensoría emitió los siguientes puntos recomendatorios:

Inscripción en el Registro Estatal de Víctimas: Solicitar y gestionar la inscripción de los agraviados en el Registro Estatal de Víctimas para brindarles acceso a medidas de rehabilitación y apoyo psicológico.

Sanciones administrativas: Iniciar procedimientos para sancionar a los oficiales responsables de la detención arbitraria y el uso de violencia excesiva.

Capacitación en derechos humanos y uso de la fuerza: Implementar capacitaciones continuas sobre el respeto a los derechos humanos y la aplicación de protocolos adecuados en detenciones.

Las autoridades responsables tienen un plazo de 15 días naturales para notificar a la Defensoría sobre la aceptación de las recomendaciones y presentar pruebas de su cumplimiento. En caso contrario, la DDHQ hará pública la falta de aceptación.

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