TEPJF impone medidas cautelares a AMLO

 

Impone TEPJF medidas cautelares a AMLO por expresiones en “mañaneras”

La Sala Superior del Tribunal Electoral revocó el acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE), mediante el cual negó las medidas cautelares solicitadas por el Partido de la Revolución Democrática (PRD), el Partido Acción Nacional (PAN) y Jorge Álvarez Máynez de Movimiento Ciudadano (MC), respecto de diversas manifestaciones realizadas por el presidente de la República, en las conferencias matutinas del 9 y 11 de mayo.

Los denunciantes consideraron que las manifestaciones realizadas por el titular del Ejecutivo Federal podían influir en las preferencias electorales.

Al respecto, la Comisión del INE negó las medidas cautelares al considerar que, de las manifestaciones denunciadas, no se advertía urgencia o peligro en la demora que justificara la procedencia, ya que dichas expresiones no se relacionaron con los procesos electorales del Estado de México y de Coahuila.

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En específico, porque estaban dirigidas a cuestiones relacionadas con la integración del Congreso Federal, así como a las elecciones del proceso electoral del 2024, de entre otras temáticas y, por tanto, se trataba de hechos futuros de realización incierta.

Inconformes, los partidos y el ciudadano acudieron a la Sala Superior.

El pleno de la Sala Superior, a propuesta de la magistrada Janine Otálora Malassis, declaró procedentes las medidas cautelares, al considerar que la autoridad no realizó un análisis exhaustivo y contextual, porque no advirtió que los dichos denunciados sí estuvieron vinculados con llamamientos al voto y a no votar por determinadas fuerzas políticas, y esto pudiera influir en los procesos electorales locales que trascurren.

Derivado de lo anterior, también se vinculó al presidente de la República a realizar todas las acciones pertinentes para eliminar y/o modificar el contenido denunciado, y a abstenerse de presentar, difundir y publicar cualquier manifestación que vulnere el principio de imparcialidad y neutralidad.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, TEPJF también declaró procedente la medida cautelar, en su vertiente de tutela preventiva, en relación con el proceso electoral federal 2023-2024, al considerar que ante la conducta reiterada del titular del Ejecutivo Federal era necesario vincularlo a abstenerse de emitir expresiones y declaraciones de índole electoral.

El proyecto recibió los votos concurrentes del magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, de la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso y del magistrado José Luis Vargas Valdez y el voto a favor de los magistrados Felipe de la Mata Pizaña, Indalfer Infante Gonzales, Reyes Rodríguez Mondragón y la magistrada ponente Janine Otálora Malassis.

TEPJF

TEPJF le da a AMLO 24 horas para borrar mañaneras donde llama a votar por su movimiento

El TEPJF censuró el ‘plan C’ electoral del presidente, que consiste en que la ciudadanía dé a Morena la mayoría calificada en el Congreso.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dio 24 horas, a partir de la notificación, para que la Presidencia retire de sus cuentas oficiales en internet los videos y versiones de las conferencias mañaneras del presidente Andres Manuel Lopez Obrador del 9 y 11 de mayo, en las que llamó a votar por la Cuarta Transformación en las elecciones de 2024.

Además, el Tribunal le pidió al presidente que se abstenga de realizar expresiones y declaraciones de índole electoral, en especial, llamamientos al voto de partidos políticos y/o movimientos, así como utilizar los espacios de comunicación oficial y aprovechar las funciones inherentes a su cargo con fines político-electorales.

Asimismo, señaló al titular del Ejecutivo federal que, en caso de incumplimiento de las medidas cautelares, la Comisión de Quejas del INE podrá, de manera directa y sin trámite alguno, ordenar a cualquier concesionaria pública o privada el cese de cualquier transmisión o difusión de programas, spots o materiales de video o audio violatorios de las medidas cautelares referidas.

Con esta votación, el TEPJF revocó la decisión de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) en la que rechaza dictar medidas cautelares contra el presidente Andrés Manuel López Obrador por hablar en sus conferencias de su “plan C” electoral, que la ciudadanía vote a favor de Morena en las elecciones de 2024.

 

TEPJF 

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